domingo, 22 de julio de 2012

Con cáncer pero sin sustento

Por: Arnaldo Ramos Lauzurique
Erlis González Terán sostuvo una relación matrimonial con Mario Juvenal González Ramírez durante 27 años, desde 1982 al 14 de diciembre de 2009, en que se divorciaron. En el transcurso de esos años la pareja -de mutuo acuerdo- en otras dos ocasiones y para evadir consecuencias jurídicas derivadas del matrimonio, rompió los vínculos matrimoniales, aunque continuaron la relación  en el inmueble, del cual eran propietarios en común. Sus dos hijas han declarado que no tenían conocimiento alguno de los divorcios, hasta que se produjo el  último.
Ellos arrendaban la casa, aunque Mario Juvenal tenía la licencia a su nombre y era el que gestionaba los clientes.
Mario Juvenal estuvo contratado en una naviera española a través de Cuba. Durante su tiempo de trabajo padeció de un pre infarto y recibe una pensión vitalicia por ello de 832 euros mensuales.
En 1996 Erlis fue operada de cáncer del útero y en 2006 de carcinoma mamario. Al faltarle una mama y la pérdida de pelo ocasionada por los sueros citostáticos  el esposo dejó de interesarse por ella, su estado emocional se hizo crítico y requirió tratamiento psiquiátrico.
 Un certificado médico del 25 de noviembre de 2008 firmado por el Dr. Juan Carlos Brossard Nápoles, especialista en Oncología del hospital Miguel Enríquez, la declaró incapacitada para laborar de por vida y además la Dirección de Trabajo y Seguridad Social del Consejo de Administración Municipal de la Lisa ratificó la “Invalidez Total”.
En Auto 278-09 del 15 de septiembre de 2009 de la Sección Civil del Tribunal Municipal de la Lisa se le estableció una pensión alimenticia de 200 euros mensuales y que se mantuviera el régimen de copropiedad de la vivienda. Esto nunca se ha cumplido.
Mario Juvenal, sin tener en cuenta la maltrecha situación de Erlis, apeló esa decisión a la Sala Primera de lo Civil y de lo Administrativo del Tribunal Municipal Popular de Ciudad de La Habana, que con fecha 25 de marzo de 2010 dictó la sentencia No. 28 que modificó la pensión alimenticia a solo 100 euros mensuales durante 6 meses. Pero tampoco de ello ha recibido algo.
Erlis ha apelado a todos los niveles y sus demandas han sido declaradas sin lugar por distintas sentencias de Tribunales Municipales, Provinciales e incluso por el Tribunal Supremo.
El resultado de las apelaciones se caracteriza por las inexactitudes y porque se recogen afirmaciones no probadas, como por por ejemplo: 
La sentencia No. 28 del 25 de marzo de 2010 contiene una grave inexactitud en su Resultante primera, que recoge textualmente: “…en cuanto a las medidas provisionales no nos pronunciamos por no existir hijos dentro del matrimonio”; algo que se hubiera evitado solicitando las partidas de nacimiento de sus dos hijas.
También se recoge en el Considerando de la referida sentencia que no quedó probada la incapacidad laboral de Erlis y que los certificados médicos correspondientes fueron expedidos “… por sendos facultativos luego inmersos por ello  en expedientes disciplinaros”, algo completamente incierto, ya  el Dr. Juan Carlos Brossard Nápoles, que expidió el certificado médico, no ha sido objeto de expediente disciplinario alguno.
 Además se afirma que la cancelación de la licencia como arrendadora tenía como objetivo alegar un supuesto estado de insolvencia y carencia de recursos, la licencia de arrendamiento estaba a nombre de Mario Juvenal, no de ella; la causa de la insolvencia deviene de la propia enfermedad, lo cual consta en el tercer Resultando de la Sentencia No. 179/10.
En la sentencia 296-11 del 11 de julio de 2011 se recoge en el segundo resultando la afirmación calumniosa y no probada de que durante el período en que ambos estuvieron divorciados, entre el 2 de octubre de 2001 y el 30 de agosto de 2006, la Sra. Erlis González “…fue vista en vinculaciones  afectivas con otros hombres.”
Cuando se estableció un Auto para que Erlis recibiera directamente desde España los 200 euros establecidos originalmente, Mario Juvenal canceló su cuenta bancaria y el dinero comenzó a llegarle  a él en su totalidad. El Tribunal Municipal de La Lisa hizo llegar, el documento EXEQUATOR al Decanato de Alicante en España, pero estaba mal confeccionado y había que rehacerlo. No hay respuesta sobre ello, pero en definitiva Erlis lleva varios años tratando de resolver el problema de su manutención y ha caído en el laberinto del régimen, sin ninguna respuesta para esta injusticia social.

La Habana, 16 de julio de 2012.