viernes, 11 de septiembre de 2009

Sucesos narrados por el comunicador comunitario Raúl Luis Risco Pérez

Conrado Rodríguez Suárez, hermano del recluso fallecido nombrado Juan Alberto Rodríguez Suárez, me dio a conocer los detalles de la muerte de su hermano. Me manifestó Conrado que su hermano Juan Alberto, cumplía condena en la prisión Kilo 8 de esta ciudad pinareña, que el día 9 de junio fue hospitalizado en el Hospital Abel Santamaría de esta localidad por una quemadura en el pie derecho, recibiendo el alta médica el día 12 del mismo mes y regresando a la prisión ese mismo día.

A Juan Alberto le comienza una fiebre de más de 40° (grados), tiene pérdidas de conocimiento y vómitos. En horas de la mañana del día 13 lo trasladan al mismo hospital y fallece a las 2pm.

Según Conrado y Juan Carlos Rodríguez Suárez, hermanos del fallecido, solicitaron al Ministerio del Interior el esclarecimiento de la muerte de Juan Alberto. Recientemente el mayor Ángel, conocido por Angelito, de los Servicios Médicos del Ministerio del Interior, les informó que la muerte fue producto de una sepsis generalizada, por una bacteria que se le alojó en una válvula del corazón, provocándole la muerte.
Los familiares del fallecido plantean que la quemadura de Juan Alberto era en extremo pequeña, que en el hospital, según les informó el mayor Ángel, le hicieron todos los análisis clínicos y que éstos dieron un resultado normal y se preguntan: ¿cómo es posible ue en el análisis de eritro (eritrocito) no diera que existía una infección y que en menos de 24 horas Juan Alberto falleciera por una septicemia?
Los hermanos del fallecido desean aclarar que Juan Alberto mantenía dentro de la prisión mucho activismo y colaboración con los presos políticos, en particular cuando se encontraba en Kilo 51/2 de esta misma ciudad, de donde fue trasladado precisamente por ese motivo y que estuvo preñado de amenazas contra su vida por parte de los militares de prisiones y la policía política. Todo esto los hace sospechar que la muerte de su hermano fue por negligencia médica o intencional.

Nota: El comunicador no pudo dejar constancia fotográfica, porque no posee cámara.

Pinar del Río, 31 de agosto de 2009.